• Estudiantes extranjeros: Trabajo en España

    En términos genreales los  estudiantes extranjeros que estén en posesión de la tarjeta de estudiante no tienen autorización para ejercer una actividad retribuida por cuenta propia ni ajena. No obstante, pueden realizar actividades remuneradas a tiempo parcial o de duración determinada.

    Es indispensable que sean compatibles con la realización de los estudios que los extranjeros realizan  y que los ingresos que se obtengan no constituyan un recurso necesario para el sustento o estancia. Los estudiantes extranjeros también pueden ser contratados como personal laboral al servicio de las Administraciones.

    La práctica de actividades comúnmente denominadas como canguro (o au pair), es decir, ayudar a una familia en las labores de la casa y el cuidado de los niños, a cambio de la estancia y el mantenimiento con el fin de, entre otros, mejorar el idioma se encuentran fuera de este régimen y se regulan de acuerdo con lo dispuesto en los acuerdos internacionales sobre colocación au pair.

    Solicitud de autorización de trabajo para estudiantes extranjeros

    Los interesados tanto estudiantes como la empresas contratantes deben reunir los siguientes requisitos, además de la corrrespondiente forma que se entrega en las dependencias de trabajo de cada comunidad. 

    Los estudiantes:
     
    • Copia de su pasaporte, documento de viaje o cédula de inscripción en vigor. En el supuesto de que estén caducados, deberá aportarse copia de los mismos y de la solicitud de renovación.
    • Tarjeta de estudiante en vigor o solicitud de renovación de la misma.
    • Certificación expedida por el centro donde curse los estudios, referida al período y horario lectivo de los mismos y de las prácticas que, en su caso, se realicen.
    • Aquellos documentos que justifiquen que concurren, en su caso, alguna de las preferencias establecidas o que posee la titulación o capacitación exigida para el ejercicio de su profesión.

    La empresa:

    • El DNI o CIF y número de inscripción en la Seguridad Social, o documento acreditativo de hallarse exento.
    • Contrato de trabajo en el que figuren los elementos esenciales y las condiciones básicas de la prestación laboral. Si el contrato sea a tiempo parcial deberá expresar el número y distribución de horas al día, a la semana, al mes o al año, durante las que el trabajador va a prestar sus servicios.
    • Memoria justificativa de las actividades de la empresa y del puesto de trabajo de que se trate.
    • También se podrán solicitar los documentos que se consideren necesarios para probar la capacidad o solvencia del empresario para hacer frente a las obligaciones que surjan del contrato.
    • Las solicitudes deben dirigirse a las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno (Área de Trabajo y Asuntos Sociales) o a las Oficinas de Extranjeros, donde existan, antes del comienzo de la actividad de que se trate

      Los estudiantes extranjeros  no podrán trabajar hasta que no se le haya concedido la autorización. Este documento es renovable y debe solicitarse con un mes de antelación a la fecha de su extinción.

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